Pensión nacidos en 1971: Año de jubilación, cálculo y planes de ahorros

Edad y pensión de jubilación para los nacidos en 1971

Si has nacido en 1971, la fecha de tu jubilación dependerá, sobre todo, de los años que hayas cotizado a la Seguridad Social.

Con la normativa vigente, podrás jubilarte a los 65 años en 2036 si en ese momento has cotizado 38 años y 6 meses o más.

Si no alcanzas ese periodo de cotización, tu edad ordinaria de jubilación será de 67 años, por lo que te jubilarás en 2038.

Por tanto, para los nacidos en 1971 el esquema general es el siguiente:

65 años — 2036: si has cotizado 38 años y 6 meses o más.
67 años — 2038: si has cotizado menos de 38 años y 6 meses.

Es importante entender que, si cumples el requisito de cotización, jubilarte a los 65 años no es una jubilación anticipada, sino tu edad ordinaria de jubilación.

Cómo calcular la pensión para los nacidos en 1971

Saber cuándo podrás jubilarte es importante, pero la gran pregunta suele ser otra: ¿cuánto cobraré de pensión?

Para calcularlo hay que fijarse, principalmente, en tres elementos:

  • La base reguladora
  • Los años cotizados
  • La edad a la que finalmente te jubiles

Primero: calcular la base reguladora

La base reguladora es la cifra de partida para calcular la pensión.

Hasta hace poco, el sistema tomaba las bases de cotización de los últimos 25 años anteriores a la jubilación y realizaba el cálculo correspondiente.

Sin embargo, los nacidos en 1971 previsiblemente se jubilarán en 2036 o 2038, es decir, en pleno periodo transitorio del nuevo sistema.

Con la normativa actual, entre 2026 y 2040 convivirán dos fórmulas de cálculo y se aplicará la más favorable para el trabajador:

Por un lado, seguirá existiendo el cálculo tradicional basado en los últimos 25 años.

Por otro, se irá implantando de forma progresiva un nuevo sistema que permitirá tomar las mejores bases de cotización dentro de un periodo más amplio, descartando los peores meses.

Cuando este nuevo modelo esté plenamente desplegado, se tendrán en cuenta las 324 mejores bases de cotización dentro de los últimos 348 meses, es decir, dentro de un periodo de 29 años, pudiendo descartar los 24 meses peores.

Por eso, en el caso de los nacidos en 1971, para calcular correctamente la futura pensión habrá que comprobar qué sistema resulta más beneficioso en el momento de la jubilación.

Segundo: ¿qué porcentaje de la base reguladora cobrarás?

Una vez calculada la base reguladora, hay que ver qué porcentaje de esa base te corresponde cobrar.

Para tener derecho a una pensión contributiva de jubilación se exigen, con carácter general, al menos 15 años cotizados. Con esos 15 años se cobra el 50% de la base reguladora.

A partir de ahí, el porcentaje va aumentando progresivamente por cada mes adicional cotizado hasta alcanzar el 100% de la base reguladora.

Con la normativa vigente, para cobrar el 100% será necesario haber cotizado 37 años.

Por tanto:

  • 15 años cotizados: derecho al 50% de la base reguladora.
  • 37 años cotizados: derecho al 100% de la base reguladora.

Esto significa que no basta con fijarse en el sueldo actual. Dos personas con salarios parecidos pueden terminar cobrando pensiones diferentes si han cotizado distinto número de años o si sus bases de cotización han sido diferentes.

El techo de la pensión máxima

Hay otro elemento que conviene tener presente: la pensión pública tiene un límite máximo.

A efectos informativos, la pensión máxima en 2026 está fijada en 47.034,40 euros al año, es decir, 3.359,60 euros al mes en 14 pagas.

Eso significa que, aunque el cálculo de la pensión diera una cifra superior, no se podría cobrar por encima del máximo legal vigente en el momento de jubilarse.

Lógicamente, los nacidos en 1971 no se jubilarán en 2026, sino en 2036 o 2038, de modo que en su caso se aplicará la pensión máxima que esté vigente en ese momento.

¿Qué ocurre si adelantas la jubilación?

También existe la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada, siempre que se cumplan los requisitos legales.

En la jubilación anticipada voluntaria, la pensión puede adelantarse hasta 24 meses respecto de la edad ordinaria de jubilación, pero a cambio se aplica una reducción de la pensión.

Actualmente, si se adelanta la jubilación 24 meses, las reducciones máximas orientativas son:

  • 21% si has cotizado menos de 38 años y 6 meses
  • 19% si has cotizado entre 38 años y 6 meses y menos de 41 años y 6 meses
  • 17% si has cotizado entre 41 años y 6 meses y menos de 44 años y 6 meses
  • 13% si has cotizado 44 años y 6 meses o más

Si el adelanto es de 12 meses, las reducciones son inferiores: 5,50%, 5,25%, 5% o 4,75%, según los años cotizados.

Por eso, antes de jubilarse antes de tiempo, no basta con preguntarse si es posible hacerlo. La verdadera pregunta es: ¿cuánto voy a dejar de cobrar por adelantar la jubilación?

¿Y si retrasas la jubilación?

También puede suceder lo contrario: que al llegar a tu edad ordinaria de jubilación decidas seguir trabajando.

En ese caso, existe la jubilación demorada, que premia ese retraso con diferentes incentivos.

Si eliges la modalidad de incremento de la pensión, el aumento es de un 4% adicional por cada año completo que retrases la jubilación.

Por ejemplo:

  • 1 año de retraso: +4%
  • 2 años de retraso: +8%
  • 3 años de retraso: +12%

Además, desde el segundo año de demora, los periodos superiores a seis meses también pueden dar derecho a incrementos adicionales.

Por tanto, la diferencia entre adelantar o retrasar la jubilación puede ser muy importante en el importe final que recibirás como pensión.

¿Cómo se revaloriza la pensión una vez jubilado?

Una vez que empieces a cobrar la pensión, la cuestión ya no será solo cuánto cobras el primer año, sino cómo irá evolucionando ese importe con el paso del tiempo.

Actualmente, las pensiones contributivas se revalorizan conforme al mecanismo legal ligado al IPC, lo que en principio busca preservar mejor el poder adquisitivo de los pensionistas.

Esto es relevante porque la jubilación no dura dos o tres años. En muchos casos hablamos de 20, 25 o incluso 30 años de vida como pensionista. Por eso, no basta con calcular la pensión inicial: también hay que pensar en cómo evolucionarán tus ingresos y tus gastos durante ese periodo.

¿Y qué ocurre con el MEI?

Durante los últimos años también ha entrado en escena el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), una cotización adicional destinada a reforzar el sistema público de pensiones.

Sin embargo, el MEI no interviene directamente en el cálculo de tu pensión, por lo que no vamos a desarrollarlo en este artículo.

Sí afecta, en cambio, a tu sueldo neto, ya que una parte se descuenta en la nómina, pero eso no significa que tu futura pensión vaya a ser mayor por ese motivo.

Si quieres profundizar en este punto, puedes hacerlo en nuestro artículo sobre el MEI: qué es el Mecanismo de Equidad Intergeneracional.

¿Qué ocurre con mi plan de pensiones cuando me jubile?

Cuando llegue la jubilación no estaremos obligados a recuperar inmediatamente todo nuestro plan de pensiones.

Podemos recuperarlo en forma de capital, mediante rentas periódicas, realizar rescates parciales o combinar diferentes alternativas. Incluso podemos mantener parte del patrimonio dentro del plan y recuperarlo posteriormente.

Esta decisión tiene una importancia fiscal considerable porque las cantidades rescatadas de los planes de pensiones tributan en el IRPF como rendimientos del trabajo.

Y hay un aspecto especialmente importante para muchas personas nacidas en 1971.

Si tienes aportaciones anteriores a 2007, debes tener en cuenta la reducción del 40%

Si tienes derechos consolidados procedentes de aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006, existe un régimen transitorio que permite aplicar una reducción del 40% sobre la parte de la prestación correspondiente a esas aportaciones, siempre que se cobre en forma de capital y se cumplan los requisitos establecidos.

Esta reducción existe y debemos tenerla en cuenta necesariamente al planificar el rescate de un plan de pensiones con aportaciones anteriores a 2007.

Además, existe un plazo para beneficiarse de ella.

Con la normativa actual, para contingencias de jubilación producidas desde 2015, la reducción puede aplicarse a las prestaciones percibidas en el ejercicio en el que se produce la jubilación y en los dos ejercicios siguientes.

Por ejemplo, si una persona nacida en 1971 se jubila a los 65 años, en 2036, con la normativa actual deberá estudiar la aplicación de la reducción del 40% en:

2036, 2037 o 2038.

Si su edad ordinaria de jubilación son los 67 años y se jubila en 2038, el periodo sería:

2038, 2039 o 2040.

Por eso, si existen aportaciones anteriores a 2007, la estrategia de rescate del plan de pensiones debe prepararse antes de empezar a sacar el dinero.

Podemos estar ante una ventaja fiscal importante y una mala planificación del rescate puede provocar que no la aprovechemos correctamente.

Ahora bien, que podamos beneficiarnos de la reducción del 40% no significa automáticamente que debamos rescatar toda la cantidad de una sola vez.

Debemos analizar el ahorro fiscal que proporciona la reducción, el importe que vamos a rescatar, nuestra pensión pública, el resto de nuestros ingresos y el tipo marginal de IRPF que tendremos ese año.

El objetivo debería ser determinar qué cantidad interesa rescatar en forma de capital aprovechando la reducción y cómo organizar el resto del plan durante los siguientes años.

Si naciste en 1971 y tienes aportaciones a planes de pensiones anteriores a 2007, este punto debe formar parte obligatoriamente de la planificación de tu jubilación.

Si has nacido en 1971, todavía estás a tiempo de planificar tu jubilación

Una persona nacida en 1971 todavía tiene margen para preparar con tiempo su jubilación.

La cuestión ya no es solo saber cuándo podrás jubilarte, sino también qué nivel de ingresos quieres tener cuando llegue ese momento.

Porque una cosa es la pensión pública que te corresponda y otra muy distinta el dinero que quieras o necesites tener cada mes para mantener tu nivel de vida.

Por eso conviene hacerse preguntas como estas:

  • ¿Qué pensión pública puedo esperar?
  • ¿Cuánto dinero voy a necesitar cada mes cuando me jubile?
  • ¿Qué diferencia habrá entre mi pensión y mis gastos?
  • ¿Tengo patrimonio suficiente para complementar esa pensión?

¿Cómo gestionar mis ahorros antes y después de jubilarme?

A medida que se acerca la jubilación, la planificación financiera cambia.

Ya no se trata únicamente de seguir acumulando ahorro, sino de empezar a decidir cómo organizar ese patrimonio para que pueda complementar tu pensión y acompañarte durante toda la jubilación.

El primer paso es estimar qué pensión pública puedes cobrar y cuánto quieres gastar cada mes. A partir de ahí, puedes calcular qué parte de tus ingresos tendrá que salir de tus ahorros e inversiones.

Pero eso no significa que, al jubilarte, todo tu dinero deba quedarse inmóvil en una cuenta corriente o pasar por completo a productos conservadores. Una persona que se jubile a los 65 o 67 años puede tener todavía por delante muchos años de vida, por lo que una parte del patrimonio puede seguir manteniendo un horizonte de inversión largo.

La clave está en ordenar el ahorro en función de cuándo se va a necesitar:

Una parte puede destinarse a liquidez y gastos cercanos.
Otra puede servir para complementar la pensión en los primeros años de jubilación.
Y otra puede continuar invertida a más largo plazo, buscando rentabilidad y ayudando a combatir la inflación.

También es importante revisar la fiscalidad y la forma en que se utilizará el patrimonio: no tributan igual los fondos de inversión, los planes de pensiones, los depósitos o los inmuebles.

Por eso, a medida que se acerca la jubilación, la pregunta deja de ser solo «¿cuánto tengo ahorrado?» y pasa a ser: «¿Cómo organizo mis ahorros para que me acompañen durante toda mi jubilación?»

La jubilación no empieza el día que dejas de trabajar

Si has nacido en 1971, planificar tu jubilación no consiste solo en saber en qué año podrás dejar de trabajar.

Consiste en saber cómo quieres vivir cuando lo hagas.

En ExpertoFinanciero.es podemos ayudarte a analizar tu futura pensión, tus ahorros y tu patrimonio para diseñar una estrategia que te permita llegar a la jubilación con más claridad y utilizar mejor tus recursos una vez seas pensionista.

Puedes enviarnos un email a ricardovila@expertofinanciero.es o rellenar nuestro formulario de asesoramiento ahorro para la jubilación y estudiaremos tu caso de forma personalizada.

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